martes, 1 de diciembre de 2009

MARIO OCHOA VARGAS APELO SUSPENSIÓN ANTE EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES


El pasado 27 de noviembre la secretaría técnica del Consejo regional recibió el escrito presentado por el representante legal del suspendido vicepresidente del Gobierno Regional Mario Ochoa Vargas, en el que se da cuenta de la apelación presentada ante el Jurado Nacional de Elección contra el acuerdo regional 376 en el que se determina por unanimidad la vacancia del vicepresidente regional.
El escrito es presentado en primera persona por el vicepresidente regional quien en sus considerandos señala que el acuerdo regional impugnado no se ha tomado en cuenta y mucho menos respetado el debido proceso y el respeto al ejercicio del derecho de defensa.
Se refiere también al proceso judicial que es motivo de la vacancia, señalando que se sustenta en acusaciones difamatorias, sin las pruebas documentales, serias y objetivas necesarias.
Asimismo señala que tanto el proceso judicial como la suspensión se dan por “presión de la prensa y los medios de comunicación” por lo que no se ha cumplido con el debido proceso para suspenderlo.
En este sentido señala que existe causal de nulidad del acuerdo regional porque no se ha realizado una “notificación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio puesto que la notificación se ha dado mediante los medios de prensa”.
Otro factor que generaría la nulidad es que en la convocatoria a sesión extraordinaria se menciona únicamente un punto de la agenda y se le señala como el punto tercero, sin indicarse los otros temas ha tratar.
“Del mismo modo, en dicho edicto se ha alusión a la moción de orden del día donde dice se propone mi suspensión, empero no se me hace de conocimiento del tenor o contenido de dicha moción, lo que vulnera mi derecho a defensa”, señala en otro punto del documento Ochoa Vargas.
Sobre la base de estos puntos, y otros más mencionados en el escrito, se pide al JNE declare la nulidad del acuerdo regional en referencia señalando como documentos probatorios, el expediente que constituye el antecedente y las publicaciones que contienen los edictos de citación o convocatoria incompleta a sesión de consejo.
El documento se suscribe en la Capital de la República y lleva la rúbrica del vicepresidente regional.
El representante legal para este trámite administrativo es el abogado Luis Alberto Ayquipa Zela, profesional que solicitó la vacancia de los regidores Mariano Baca y Gustavo Vivanco quienes finalmente tuvieron que dejar la municipalidad del Cusco.

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